Prediales
Brindamos soluciones integrales para la gestión de tramites catastrales para desarrolladoras inmobiliarias contamos con gestoría integral que permitirá, un ahorro significativo en sus proyectos.
NUESTROS SERVICIOS
Implementamos estrategias especializadas que tienen como finalidad reducir la carga fiscal catastral.

Empadronamiento
Trámite para determinar y registrar por primera vez los números de cuentas
prediales que corresponden a un inmueble constituido en Escritura Pública de
Constitución de Régimen en Propiedad en Condominio, inscrito en el Registro
Público de la Propiedad y del Comercio, o en su defecto con Carta Original
reciente del Notario Público indicando que se encuentra en trámite de
inscripción, dicha escritura debe contener Tabla de Valores e Indivisos, Memoria
Descriptiva con las superficies de las áreas comunes y privativas desglosadas, así
como Registro de Manifestación de Construcción, o Licencia de Construcción, o
Regularización de Construcción.
Tiempo de entrega : 6 semanas a partir de su ingreso en la secretaria.
El trámite surte efecto a partir de la aplicación y liberación de cuentas el pago del
primer bimestre surtirá efecto hasta el próximo bimestre.
Ver Requisitos
- Docs. de identificación oficial. (INE, Pasaporte, Cédula Profesional, Tarjeta de residencia)
-
Docs. de acreditación de personalidad jurídica.
a) Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite.
b) Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - Escrito dirigido al Subtesorero de Catastro.
- Original y copia de la Escritura Pública de Constitución de Régimen en Propiedad en Condominio, con todos sus anexos.
- Original y copia de la Liquidación del impuesto predial al bimestre en que se presente.
- Original y copia simple de la Boleta Predial, o Propuesta de Declaración de Valor Catastral y Pago del Impuesto Predial.
- Croquis de Localización.
- Reposición de tarjeta de circulación Estado de México

Cambio de Propietario
Trámite para determinar y registrar correctamente el nombre del propietario o
contribuyente titular de la cuenta predial.
Tiempo de entrega : 3 semanas a partir de su ingreso en la secretaria.
El trámite surte efecto a partir de la aplicación y liberación de cuentas el pago del
primer bimestre surtirá efecto hasta el próximo bimestre.
Ver Requisitos
- Escrito dirigido a la Subtesorería de Catastro y Padrón Territorial.
-
Acreditar la propiedad de alguna de las siguientes formas:
a) Escritura de propiedad, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, o en caso de no estar inscrita deberá acompañar la escritura con Carta Original vigente no mayor a 6 meses del Notario Público, indicando que se encuentra en trámite de inscripción, o
b) Sentencia judicial, ejecutoriada inscrita en el Registro Público de Propiedad y del Comercio, o
c) Contrato privado de compraventa, ratificado ante juez, inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio. - Propuesta de Declaración de Valor Catastral y Pago de Impuesto Predial (no mayor a tres meses).
- Identificación Oficial Vigente
-
En caso de promover a nombre de otra persona deberá acreditarlo con:
a) Carta Poder con firmas autógrafas anexando original y copia de identificación oficial del otorgante, aceptante y de 2 testigos para cotejo.
b) Poder notarial.
Personas Morales, deberán presentar:
- Registro Federal de Contribuyentes. (RFC)
- Acta Constitutiva y sus modificaciones, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio.
- Poder Notarial para actos de administración

Fusión y/o subdivisión de predios
Trámite para actualizar los datos Catastrales y Fiscales asociados a su(s) inmueble(s), para que
se vean reflejados en la boleta de impuesto predial, así como, cuando se requiere modificar
la geometría de los predios por motivos de fusión y/o subdivisión
Tiempo de entrega : 3 semanas a partir de su ingreso en la secretaria.
El trámite surte efecto a partir de la aplicación y liberación de cuentas el pago del primer
bimestre surtirá efecto hasta el próximo bimestre.
Ver Requisitos
- Docs. de identificación oficial. (INE, Pasaporte, Cédula Profesional, Tarjeta de residencia).
-
Docs. de acreditación de personalidad jurídica.
a) físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite.
b) Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - Escrito dirigido al subtesorero.
- Original y copia simple de la Licencia de Fusión.
- Constancia de Adeudo en ceros, de cada una de las cuentas prediales.
- Original y copia simple de las Constancias de Alineamiento y Número Oficial o croquis.
- Original y copia del Registro Federal de Contribuyentes.
En caso de Sucesiones:
- Original y copia simple del nombramiento, aceptación y discernimiento del cargo de albacea, vía judicial o extrajudicial.

Rectificación y/o ratificación de cuenta
Trámite para determinar y registrar correctamente el número de cuenta predial que
corresponde al inmueble, de acuerdo con el padrón cartográfico del Gobierno de la
Ciudad de México.
Tiempo de entrega: 4 semanas a partir de su ingreso en la secretaria.
El trámite surte efecto a partir de la aplicación y liberación de cuentas el pago del
primer bimestre surtirá efecto hasta el próximo bimestre.
Ver Requisitos
- Escrito dirigido al subtesorero.
-
Acreditar la propiedad de alguna de las siguientes formas (en original y copia para cotejo):
a) Escritura de propiedad inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, o en su caso, Carta Original vigente del Notario Público indicando que se encuentra en trámite de inscripción.
b) Sentencia Judicial ejecutoriada, o
c) Contrato privado de Compraventa, ratificado ante Juez de Paz, Notario Público o Corredor Público, inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio. - Docs. de identificación oficial. (INE, Pasaporte, Cédula Profesional, Tarjeta de residencia)
- Boleta predial o propuesta de declaración de valor catastral y pago (no mayor a tres meses).
- Croquis de localización.
- Acreditar el interés jurídico.
En caso de promover a nombre de otra persona deberá acreditarlo con:
- Carta poder con firmas autógrafas anexando original y copia, identificación oficial del otorgante, aceptante y dos testigos.
- Poder notarial.
En caso de sucesiones: agregar nombramiento, aceptación y discernimiento del cargo albacea, judicial y extrajudicial.
- Si la propiedad está en condominio, se deberá presentar invariablemente la escritura de constitución del RPC copia simple

Avance por obra
Todo aquel inmueble en proceso de construcción el impuesto predial a pagar se
determinará en base a los datos proporcionados en la manifestación de construcción. El
uso, el rango y la clase de la construcción definirá los datos catastrales conforme a los
cuales se calculara el valor catastral sobre un 25% de la superficie de construcción total
registrada en la manifestación.
Así mismo la concluir se calculara sobre el 100% de lo construido.
Tiempo de entrega: 4 semanas a partir de su ingreso.
Ver Requisitos
- Docs. de identificación oficial. (INE, Pasaporte, Cédula Profesional, Tarjeta de residencia)
-
Docs. de acreditación de personalidad jurídica.
a) Personas físicas: Carta Poder firmada ante dos testigos e identificación oficial del interesado y de quien realiza el trámite.
b) Personas morales: Acta Constitutiva, Poder Notarial e Identificación Oficial del representante o apoderado. - Escrito dirigido al subtesorero.
-
Acreditar la propiedad de alguna de las siguientes formas (en original y copia para cotejo):
a) Escritura de propiedad inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, o en su caso, Carta Original vigente del Notario Público indicando que se encuentra en trámite de inscripción.
b) Sentencia Judicial ejecutoriada, o
c) Contrato privado de Compraventa, ratificado ante Juez de Paz, Notario Público o Corredor Público, inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio. - Original y copia de la escritura.
- Última boleta predial.
- Constancia de Adeudos del Impuesto Predial "en ceros", vigente al bimestre corriente

Dictaminaciones
Están obligadas a dictaminar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, todas
aquellas personas físicas o morales que se encuentren en los sig supuestos:
• Las que cuenten con mas de 150 empleados
• Que cuenten con inmuebles de uso diferente al habitacional cuyo valor catastral
este arriba de los $29, 510,963.50.
• Las que por una o mas tomas de agua consumas más de 300 m3 de agua
bimestrales.
• Estar constituidos por organismos descentralizados , empresas de participación para
estatal mayoritaria y fideicomisos públicos.
• Quien presente servicios de hospedaje igual o mayor a $11,370, 049.50
Requisitos para presentar dictamen
- Carta de presentación del dictamen
- El dictamen
- El informe
- Los anexos
- El avaluó catastral
- El dictamen será realizado por un contador inscrito en el colegio de contadores públicos.
Documentación a entregar para realizar dictamen:
- Cuestionario de control interno
- RFC el que contenga la información actualizada de la empresa
- Identificación del representante legal
- Documento de acreditación del representante legal
- Escritura publica y si cuenta con actualizaciones todos los instrumentos que las respalden.

SEDUVI
• Cambio de uso de suelo (de acuerdo a normativa)
• Certificado de uso
• Revisión de corresponsal de Obra

Alcaldía Cuajimalpa, Miguel Hidalgo, Álvaro Obregón y Coyoacán.
Tramitología de obra:
-Alineamiento y numero oficial
-Manifestación de construcción
-Fusión de predios
-Aviso de terminación de obra
-Art. 62 (Sin requerimiento de permisos)
Tramites de establecimientos mercantiles:
- Certificado de uso de suelo
- Aviso de funcionamiento
- Todo lo que se requiere para apertura de bajo impacto
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Lorem fistrum por la gloria de mi madre esse jarl aliqua llevame al sircoo. De la pradera ullamco qué dise usteer está la cosa muy malar.
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